sábado, 18 de diciembre de 2010

Costa Rica: Publicidad inicia etapa de autorregulación


El Código de Autorregulación Publicitaria es el primero que se propone en Centroamérica para autovigilar los mensajes publicitarios, una práctica que ya se aplica en varias naciones de Suramérica.

Con el objetivo de establecer un sistema efectivo mediante el cual la industria publicitaria pueda regularse a sí misma y promover el buen contenido de los mensajes publicitarios el Instituto Nacional de la Publicidad (INPUB) de Costa Rica creó el Código de Autorregulación Publicitaria (CAP).

Este Código procura, entre otras cosas, evitar mensajes publicitarios que acudan al miedo o pánico para provocar la compra de un artículo; productos que reclamen protección del ambiente, sin un buen fundamento; marcas que con tal de captar clientes lleven a conductas irresponsables o irreverentes para una mayoría de la población; campañas acerca de un producto que confundan al consumidor acerca de una garantía, repuestos o plan de mantenimiento; testimoniales falsos o mensajes publicitarios solapados sin ser identificados como tales, entre otras prácticas.

Entre otros propósitos, “el CAP busca que el consumidor reciba una publicidad clara, sana y, esencialmente, que respete su integridad como persona. Se busca que la publicidad no contenga imágenes, textos o sonidos que ofendan o puedan ofender en forma seria o generalizada a algún sector relevante de la sociedad”, explicó Luis Diego Montero, presidente de la Junta Directiva del INPUB.

Cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, de forma independiente o a través de las asociaciones que los representen, puede adherirse al Código, manifestando por escrito su voluntada de hacerlo y de cumplir con las normas éticas correspondientes.

Se trata del primer Código que se propone en Centroamérica para autovigilar los mensajes publicitarios, una práctica que ya se aplica en varias naciones de Suramérica.

El Código, añadió Luis Diego Montero, no pretende sustituir las leyes ni los mecanismos oficiales en la materia, sino complementarlos y eliminar lagunas no cubiertas en ellos. Advirtió que el Código está redactado de manera que aquellas empresas que cumplan con él reducen en un nivel importante el riesgo de estar infringiendo una disposición regulatoria.

Consejo Nacional de Autoregulación
El CAP contempla la creación de un órgano de interpretación y resolución de conflictos, denominado Consejo Nacional de Autorregulación (CONAR), que actuará como órgano de resolución de conflictos entre las partes y lo integran personas muy respetadas, con amplio conocimiento y alto sentido ético. El CONAR actúa por denuncia o por decisión propia sobre un caso determinado

“Como el Código se basa en valores y en principios éticos –y no en leyes--, las empresas que no lo cumplan enfrentarán el peso de la opinión pública y no el de los tribunales”, dijo Montero.

“Al adoptar el Código, y apoyar los esfuerzos en su aplicación e implementación, la industria publicitaria envía un mensaje de responsabilidad social, confiabilidad y respeto por los destinatarios del mensaje publicitario”, explica el Código en su introducción.

Extraído de Estrategia & Negocios

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Glosario

  • Comunicación corporativa: Conjunto de formas de expresión que presenta una organización. Prácticamente todos los actos cotidianos del comportamiento de una empresa son en última instancia actos comunicativos.
  • Cultura corporativa: Conjunto de presunciones y valores compartidos por la mayoría de los miembros de la organización. Estos valores son al mismo tiempo elementos de integración interna y de construcción social de la identidad corporativa. También son un factor clave para la adaptación a las realidades existentes fuera de la organización.
  • Identidad visual: Conjunto de signos que traducen gráficamente la esencia corporativa. Estos elementos están regulados por un código combinatorio que determina la forma y los usos del logotipo, del símbolo, de los colores corporativos y del identificador.
  • Marketing: Conjunto de actividades que dirigen el flujo de bienes y servicios del productor al consumidor. (Gorostegui).
  • Reputación: Podríamos definir la reputación como el resultado de la estimación de los distintos públicos que tienen una relación con la empresa. (UCM)
  • Responsabilidad Social Empresarial: El Conjunto de obligaciones y compromisos, legales y éticos que se derivan de los impactos que la actividad de las organizaciones producen en el ámbito social, laboral, medioambiental y de los derechos humanos. (Universidad Antonio de Nebrija - Escuela de Negocios)