sábado, 29 de septiembre de 2007

La AUC, indignada ante presión publicitaria de bebidas alcohólicas

El calor de la época estival es el factor principal que incita a aumentar el consumo de bebidas ‘refrescantes’, especialmente, en agosto, que se ha convertido en el mes del tinto de verano, la sangría y la cerveza. Ésta es una de las razones por las que los anunciantes lanzan durante el verano intensas campañas de publicidad en las que dan a conocer sus productos pero… a veces incumpliendo con la Ley. Así lo ha asegurado la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) durante una rueda de prensa celebrada esta mañana, en la que ha advertido de la utilización de argumentos de salud en la publicidad de ciertas marcas de bebidas.

‘Refrescarse… ¿Con alcohol?’ es el lema de la investigación que ha abierto la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) respecto a aquellos anunciantes de bebidas alcohólicas que incumplen con la legislación vigente, y de la que se darán a conocer los resultados después del verano. Durante una rueda de prensa celebrada esta mañana en el Ateneo de Madrid, la AUC ha alertado acerca de la gran cantidad de publicidad y promociones de bebidas que incumplen con la ley, al poder confundir al consumidor sobre el carácter de bebida alcohólica de muchos combinados o cervezas light.

La percepción de determinadas bebidas alcohólicas como refrescos –como en el caso de las claras, los tintos de verano, e incluso, la sangría-, puede llevar a muchas personas a minusvalorar su contenido alcohólico, llegando a poder realizar ingestas abusivas. Este hecho es el que ha llevado a la AUC a manifestar su preocupación ante la gran presión publicitaria y promocional que llevan a cabo algunos fabricantes de estas bebidas, en las que se presentan a consumidor como ‘refrescos’, productos que no dejan de tener alcohol en diferentes cantidades.

Otro de los aspectos que preocupa a la AUC sobre la publicidad de las cervezas en verano es la difusión de anuncios y publirreportajes que inciden en las ventajas del producto para la salud y la calidad de vida del consumidor. Un hecho que el nuevo Reglamento Europeo Relativo a las Declaraciones Nutricionales y de Propiedades Saludables prohíbe.

Por su parte, Alejandro Perales, presidente de la Asociación de Usuarios de la Comunicación, ha señalado que, en este tipo de anuncios ‘se confunde al consumidor cuando se hace creer que el peligro está en el tipo de bebidas, y no en la cantidad que se consuma de éstas’. Asimismo, Perales ha advertido de que, ‘los combinados tb son peligrosos si se consumen en mucha cantidad, y esto no se refleja en la publicidad’.

Por otro lado, ‘hay una estrategia de comunicación muy fuerte acerca de las propiedades saludables de ciertas bebidas’, asegura el presidente de la AUC, que ha explicado que, ‘a pesar de que las cervezas light tienen un nivel de alcohol inferior a la cerveza normal, superan el volumen alcohólico de la cerveza sin alcohol’. Algo por lo que la AUC advierte de que la publicidad de estas bebidas tampoco podría mencionar propiedades saludables o beneficios nutricionales o dietéticos.

Asimismo, Alejandro Perales ha advertido de que ‘Madrid, Barcelona y Valencia son las tres comunidades con una mayor presencia de publicidad de alcohol en vallas’, con la peculiaridad de que en el caso de la Ciudad Condal, ‘la marca de alcohol patrocina un evento, como excusa de que no se trata de publicidad de una bebida alcohólica, sino de un patrocinio’. Perales señaló también necesidad de una regulación sobre publicidad de bebidas alcohólicas común para todas las Comunidades Autónomas, ya que, ‘por ejemplo, en Cataluña la ley permite anunciar bebidas de hasta 20 grados de volumen alcohólico, mientras que en otras regiones, no’. Asimismo, el representante de la AUC se quejó de la ‘lentitud’ de la Administración a la hora de actuar ante estas irregularidades.

Por el momento, la Asociación de Usuarios de la Comunicación ha presentado diferentes reclamaciones y denuncias contra la publicidad de cervezas que incumplen la legislación vigente, por lo que habrá que esperar a la respuesta de los organismos competentes.


Extraído de PR Marketing y Publicidad

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Glosario

  • Comunicación corporativa: Conjunto de formas de expresión que presenta una organización. Prácticamente todos los actos cotidianos del comportamiento de una empresa son en última instancia actos comunicativos.
  • Cultura corporativa: Conjunto de presunciones y valores compartidos por la mayoría de los miembros de la organización. Estos valores son al mismo tiempo elementos de integración interna y de construcción social de la identidad corporativa. También son un factor clave para la adaptación a las realidades existentes fuera de la organización.
  • Identidad visual: Conjunto de signos que traducen gráficamente la esencia corporativa. Estos elementos están regulados por un código combinatorio que determina la forma y los usos del logotipo, del símbolo, de los colores corporativos y del identificador.
  • Marketing: Conjunto de actividades que dirigen el flujo de bienes y servicios del productor al consumidor. (Gorostegui).
  • Reputación: Podríamos definir la reputación como el resultado de la estimación de los distintos públicos que tienen una relación con la empresa. (UCM)
  • Responsabilidad Social Empresarial: El Conjunto de obligaciones y compromisos, legales y éticos que se derivan de los impactos que la actividad de las organizaciones producen en el ámbito social, laboral, medioambiental y de los derechos humanos. (Universidad Antonio de Nebrija - Escuela de Negocios)